El Gobierno cambia la ley para que las empresas españolas puedan cotizar en Wall Street
Permitirá a las firmas negociar sus acciones en mercados fuera de la UE sin tener que trasladar al extranjero su registro principal

Luz verde a la conocida Ley Ferrovial, que facilitará que las empresas españolas coticen en otras plazas bursátiles fuera de la Unión Europea, como Nueva York o Londres, sin trasladar al extranjero el registro principal de sus acciones. Este jueves, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un real decreto en el que el Ministerio de Economía llevaba varios meses trabajando y que responde precisamente al caso Ferrovial. La constructora que preside Rafael del Pino decidió en el 2023 trasladar su sede a Países Bajos para así poder dar el salto a Wall Street, donde empezó a cotizar un año después. La falta de conexión entre los depositarios de valores españoles y estadounidenses dificultaba entonces el registro de las acciones y complicaba su cotización directa desde España.
Con la nueva regulación, las compañías podrán recurrir a la fórmula del dual listing, es decir, cotizar simultáneamente en la Bolsa española y en mercados extranjeros. Iberclear, el depositario central de valores de Bolsas y Mercados Españoles (BME), podrá mantener el registro principal de las acciones aunque parte de los títulos se negocien fuera de la Unión Europea.
De esta forma, el nuevo real decreto modifica el artículo 34 de la normativa sobre instrumentos financieros y autoriza al depositario español a mantener una cuenta global que refleje las acciones depositadas en otros mercados. Esta cuenta, de carácter contable, servirá para controlar los títulos negociados fuera de España sin la necesidad de tener que trasladar al extranjero el registro principal de la emisión.
Hasta ahora, compañías españolas como Santander o Grifols han recurrido a los certificados de depósito, conocidos como ADR, para cotizar en Estados Unidos. Estos instrumentos permiten negociar títulos vinculados a las acciones de una empresa extranjera, pero no equivalen a una cotización directa. La reforma abre una alternativa para acceder a Wall Street, una plaza que concentra una elevada liquidez y atrae a grandes fondos internacionales.
Desde Bolsas y Mercados Españoles (BME) —el grupo de empresas que se encarga de organizar los mercados de valores y los sistemas financieros de España—, aseguran que nunca ha existido un impedimento técnico para cotizar en España y Estados Unidos, aunque cada operación exige una solución adaptada a la compañía y coordinación con el depositario estadounidense.
Simplificación de la normativa
El texto también rebaja las exigencias de información para las sociedades cotizadas. De hecho, una de las principales novedades afecta a las empresas sujetas a una oferta pública de adquisición (opa). Los inversores que compren acciones de estas compañías tendrán que informar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) cuando alcancen el 3 % del capital, frente al 1 % exigido hasta ahora.
Las obligaciones sobre autocartera también cambian. Las compañías dejarán de comunicar cada operación con acciones propias y solo tendrán que informar cuando crucen los umbrales del 3 %, del 5 % y del 10 %. El Gobierno pretende así reducir las cargas administrativas de las empresas cotizadas.
La simplificación alcanza además a las entidades de terceros países que prestan servicios en España sin establecimiento permanente. Estas dejarán de remitir anualmente a la CNMV determinada información que hasta ahora se les exigía de forma equivalente a las sucursales. El Ministerio de Economía justifica este cambio por la existencia de otros canales de información y la necesidad de «reducir cargas administrativas innecesarias».
El real decreto también amplía la información pública sobre las sanciones de la CNMV. El registro del supervisor recogerá las infracciones leves relacionadas con la falta de colaboración con el organismo.
O Resumo Semanal - Edición N° 709 - 15 de octubre de 2026
Fuente: lavozdegalicia.es | 09 de octubre

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